"¿ÑOQUIS?, breves relatos de estatales"

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"¿ÑOQUIS?, breves relatos de estatales" , un humilde trabajo de *ATE Sur - Lomas de Zamora.
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Novedades - Ley de Enfermería - Ley 10.430

13 mayo 2010

INSTRUCTIVO RECURSOS POR JUBILACIONES COMPULSIVAS


ATE Sur RECHAZA LAS JUBILACIONES DE OFICIO


Desde el gremio rechazamos las jubilaciones de oficio a través de diferentes Recursos elaborados por nuestros asesores legales:


  • Los Recursos deben ser presentados por el/la interesado/a al Directivo (y por este al Consejo Escolar) a más tardar diez días hábiles posteriores a la notificación. El compañero/a debe hacerse sellar una copia y guardarla para eventuales reclamos.
  • Conviene adjuntar copia autenticada por directivo del último recibo y de la 1ª y 2ª hoja del DNI


MODELOS DE RECURSOS SEGÚN LOS CASOS

En todos los casos hay un argumento referido a los pagos fuera del básico que afectan el salario actual y más aún la futura jubilación. En los casos que la jubilación de oficio es por edad avanzada, se agrega el argumento que la jubilación es mucho menor a la ordinaria.

Además, como la última recategorización fue (después de 14 años!!!) en noviembre de 2007, hay un párrafo que denuncia que se nos impide de prepo acceder al beneficio del mejor cargo cumplido durante 36 meses seguidos (¡ojo! que solo vale si nos intiman a jubilarnos antes del 1 de noviembre de 2010, fecha en que recién cumpliríamos los 3 años con la mejor categoría).


Pero hay particularidades a tener en cuenta, que agregan argumentos al recurso, por eso los modelos son distintos y HAY QUE PRESTAR MUCHA ATENCIÓN A CADA CASO:


1- RECURSO EDAD AVANZADA: Es para auxiliares (o administrativos con más de 3 años revistando en ese agrupamiento) a quienes los jubilan por edad avanzada y tienen menos de 33 años de antigüedad.


2- RECURSO EDAD AVANZADA PARA QUIENES TIENEN 33 años de servicios o más: Cuando un/a auxiliar (o administrativo con más de 3 años revistando en ese agrupamiento) que quieren jubilar por edad avanzada tiene más de 33 años de antigüedad, va a cobrar el 70% móvil, pero si pudiera trabajar hasta cumplir los 35, si todos sus aportes fueran por el IPS podría jubilarse con el 75% móvil, por eso se reclama.


3- RECURSO EDAD AVANZADA PARA QUIEN ASCENDIO AL AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO HACE MENOS DE 3 AÑOS: Cuando la persona que quieren jubilar por edad avanzada es administrativo, obtuvo cambio al agrupamiento administrativo hace menos de 3 años (a la fecha en que lo van a cesar), y tiene menos de 33 años de antigüedad, no se le computa ese mejor cargo, que recordemos, tiene desde ahora una bonificación remunerativa del 75% del básico, que solo le sirve a la jubilación si revistó como administrativo 36 meses seguidos antes del cese. Ese punto se agrega al reclamo en ese caso.


4- RECURSO EDAD AVANZADA PARA QUIEN ASCENDIO AL AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO - 3 años y tiene 33 años o más: Cuando la persona que quieren jubilar por edad avanzada es administrativo y obtuvo cambio al agrupamiento administrativo hace menos de 3 años y además tiene más de 33 años de antigüedad, o sea se ve afectada tanto por lo referido en el punto 2 como en el punto 3.


5- RECURSO POR JUBILACION DE OFICIO ORDINARIA: Es para auxiliares (o administrativos con más de 3 años revistando en ese agrupamiento), a quienes los jubilan por jubilación ordinaria.


6- RECURSO POR JUBILACION DE OFICIO ORDINARIA PARA QUIEN ASCENDIO AL AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO HACE MENOS DE 3 AÑOS : Cuando la persona que quieren jubilar por jubilación ordinaria es administrativo y obtuvo cambio al agrupamiento administrativo hace menos de 3 años (a la fecha en que lo van a cesar), no se le computa ese mejor cargo, que tiene desde ahora una bonificación remunerativa del 75% del básico, que solo le sirve a la jubilación si revistó como administrativo 36 meses seguidos antes del cese. Ese punto se agrega al reclamo en ese caso.